L6 - Colección

Artículo 39.- Requisitos para la obtención de la licencia de uso de arma de fuego bajo la modalidad de colección.

39.1. Para la obtención de la licencia de uso de arma de fuego para colección, el solicitante al momento de dar la prueba teórico práctica debe adjuntar los siguientes requisitos:
a) Formulario de solicitud debidamente suscrito y firmado.
b) Copia del comprobante que acredite el pago por derecho de trámite correspondiente, indicando el número de documento de identidad del solicitante.
c) Exhibir el documento de identidad vigente y legible o copia del carné de extranjería vigente y legible.
d) Certificado de salud psicosomático para la obtención de licencias de armas de fuego, emitido por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS) registrada en la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).
e) Haber aprobado la evaluación Teórico Práctica ante la SUCAMEC.
f) Declaración jurada de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley, de acuerdo al formulario aprobado por la SUCAMEC.
g) Archivo de imagen digitalizada y actualizada del rostro del solicitante.

Museo de sitio SUCAMEC

L6 - Colección - Renovación

39.2. Para el trámite de renovación de licencias en esta modalidad, debe presentar los mismos documentos del numeral 39.1, con excepción del literal e).
39.3. Adicionalmente, el solicitante debe presentar una declaración jurada de la efectiva posesión de las armas de su propiedad.
39.4. La SUCAMEC y las oficinas de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional pueden requerir de manera aleatoria, la presentación del arma o las armas bajo esta modalidad para su verificación, conforme esta lo establezca. En caso no la presente, se aplica lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.